domingo, 30 de septiembre de 2018

"Las Publicidades Ilícitas en un mundo globalizado"

Y, ¿Que es la Publicidad Ilícita? ¿De que manera podemos detectarla?

Actualmente, muchas empresas y particulares viven de la publicidad, sobre todo de la publicidad online. En un día, en todo el mundo, se pueden generar miles y miles de anuncios publicitarios, publicados en todas las redes sociales existentes, haciendo que sea transmitida a millones de personas. Pero una mala utilización y gestión de estas herramientas puede suponer un problema.
Cuando hacemos publicidad debemos tener claro lo que no se considera publicidad o lo que se define como publicidad ilícita, para no atentar contra la Ley General de Publicidad. Encontramos distintos tipos de publicidad ilícita:

1) Publicidad que atenta contra la dignidad de las personas o vulnera sus derechos

Es considerada publicidad ilícita, cualquier anuncio que atente contra la dignidad de las personas o vulnere algunos de los derechos reconocidos en la Constitución; como por ejemplo a los que hacen referencia a la infancia, juventud y/o mujer.
En este apartado, estarían incluidos los anuncios que discriminen a las mujeres o sean presentadas como objetos. Así como asociar su imagen a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de la Constitución.
Un ejemplo de este tipo de publicidad lo encontramos en la empresa AXE. Sus spots publicitarios siempre han generado mucha polémica, ya que son cualificados de machistas. Si analizamos el spot que lleva el eslogan “Hasta los ángeles caerán”, de 2016, podemos ver como AXE intenta hacer creer a los hombres, que con su desodorante las mujeres caerán rendidas a sus pies.

2)  Publicidad subliminal

Este tipo de publicidad es aquella que se utiliza para persuadir una persona para que compre un determinado producto, a través de la utilización de técnicas de producción de estímulos que, sin ser consciente de ello, le genera una necesidad de consumir un producto. Aunque es un tipo de publicidad que no se debería hacer, es muy difícil de probar su ilicitud a través de una sentencia judicial.
Coca Cola ha conseguido, desde siempre, que sus productos sean visibles en todos los canales publicitarios posibles, pero tiene unas maneras de hacer publicidad que muchas veces han generado controversias entre los consumidores. Por ejemplo, en la película El señor de los Anillos, cuando el personaje de Frodo, interpretado por Elijah Wood, coge por primera vez el anillo, en la inscripción de este, se puede apreciar perfectamente la palabra Coca Cola.

3) Publicidad dirigida a menores que les incita a comprar

Debemos tener en cuenta que toda aquella publicidad dirigida a menores debe dejar muy claras las características del producto, su seguridad y también las capacidades y aptitudes del menor para poder utilizarlo sin hacerse daño, ni tampoco hacer daño a terceras personas. Además, según la ley, ningún niño puede aparecer en un anuncio en situación de peligro.
En este spot de Volkswagen aparecen dos niños aguantando la respiración para demostrar que el coche es automático y no hace falta cambiar de marchas. Lo que preocupa de este anuncio es que otros niños lo imiten y terminen asfixiados. 

4) Publicidad desleal

La publicidad desleal o competencia desleal es aquella que su objetivo principal es desacreditar o menospreciar a otra empresa del mismo sector que le hace la competencia. También se puede hacer publicidad desleal aprovechándose del nombre, la marca o prestigio de un producto, para generar confusión a los consumidores.
La marca Audi hizo un spot totalmente desleal con su competencia. En él se ve una persona colgando llaves en un colgador, con la marca de distintas empresas competidoras de Audi y con frases distintas de lo que aporta cada marca. Al final, todas las llaves colgadas forman el logo de Audi, y aparece la frase: “¿Solo en un coche?”.

5) Publicidad engañosa

La publicidad engañosa es aquella que consiste en hacer creer a los consumidores o posibles consumidores una característica o dato de la marca o producto, que en realidad es falso.
Un caso lo encontramos con la empresa Red Bull y su eslogan “Red Bull te da alas”. Según cuenta un articulo de Expansión, un consumidor de la marca denunció a la empresa porque su bebida no da alas.

6) Publicidad agresiva

Cuando hablamos de publicidad agresiva, nos referimos a aquella que mediante el acoso, la coacción o la influencia indebida altera la libertad de elección o conducta de las personas.
CoacciónLa coacción es hacer creer a la persona consumidora que no puede abandonar el establecimiento sin haber contratado el producto o servicio que ofrece.
Acoso: Se considera publicidad agresiva por acoso cuando se realizan propuestas no deseadas por teléfono, fax, e-mail o cualquier otro método de comunicación a distancia, así como realizar visitas al domicilio de una persona, ignorando la petición de que abandone su casa o no vuelva a presentarse en ella.
La marca "Desigual" hizo uso de la publicidad agresiva para anunciar su marca. La marca realizó la campaña Semi-nakeado o Nakedparty, bajo el lema “entra desnudo y sal vestido gratis”.

Ejemplos: 

Publicidad que atenta contra la dignidad de las personas o vulnera sus derechos



Publicidad subliminal/Publicidad engañosa

          

Publicidad dirigida a menores que les incita a comprar


Publicidad desleal



Publicidad agresiva



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